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Inversiones Globales - Milagros Fernández
Franquicia Inmobiliaria Internacional

Yo soy un administrador de tu riqueza y mi deber es multiplicar el patrimonio tuyo.

"Especializados en Bienes Raíces e Inversiones Inmobiliarias, guiando cada paso de tu viaje inmobiliario."

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Estamos aquí para guiar y asesorarte en cada paso de tu viaje inmobiliario. Permítanos convertir tus metas en realidad, si estás buscando comprar, vender o invertir en propiedades en Venezuela.

Contamos con aliados inmobiliarios en todo el país y en el exterior

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Compradores

Localizamos la propiedad perfecta analizando el mercado para asegurar una adquisición inteligente y segura.

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miércoles, 10 de mayo de 2023

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La calidez de esta CASA no la encontrará en ningún otro lugar de CARACAS

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Tres 🚗🚗🚗 puesto de estacionamiento abierto.
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Cerco eléctrico
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La luz no se va porque está área diplomática ( anteriormente estaba una embajada alquilada).
💎Ha ganado premio de arquitectura.
🌹🌷🌺🪷Rodeada de vegetación por lo característicos y particular del jardín.
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Milagros Fernández Corredor inmobiliario y financiero


Estoy a su disposición para cualquier información..


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martes, 21 de febrero de 2023

MATADERO DE POLLO




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Milagros Fernandez
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SE VENDE
MATADERO AVICOLA* 
                           
    La empresa consta del sig. Inventario: 
Matadero de pollo 
* Capacidad para beneficiar 30 mil aves diarias x turno 
* Sistemas de cadena de matanza 
*Transportador 
*Aturdidor 
*Degollador
*Canal de sangrera 
*Escaladora (agua caliente)
*Desplumadora (usa 8 motores trifásicos )
*5 tijeras para desviseras 
*15 pares de guantes (nuevos)
*20 pares de botas blancas (nuevas)
*20 Delantales (nuevos)
*Corta patas
*Tumba patas
*Chiler de lavado
*Chiler frío
*Mesa para embolsar pollos
* Grapadoras diarias embolsa 35 mil pollos 
*Embudo para embolsar
*Máquina para la fabricación de hielo
*Dos cavas de congelación entre las dos almacénan 35 mil kilos de pollo
*Compresor de aire grande para la grapadora 
* Una planta eléctrica de 50 kva a gasoil 
*Plataforma de descarga 
*Dos baños
*Una oficina
*Sistema de seguridad a traves cámaras
*Laguna de oxidación para tratar los desperdicios 
*Dos tableros de control de electricidad del matadero
*Tanque subterráneo de concreto 6x3 por 2.50 ( con bomba trifásica para todo el matadero)
*Dos casas para los trabajadores (una tiene dos cuartos un baño cocina sala )( otra casa un cuarto un baño sala cocina)
*5 tanques de agua plásticos ( 2 de 5 mil litros y 3 de 2 mil litros)
# Galpón para criar pollo de engorde (15 mil pollos )
*Mide 114 de largo por 10 de ancho
*Bebederos 225
*Comederos 300
*Criadoras15
*Comederos para pollos bebé 103
*Bebederos para pollos bebé 
* Ventiladores 
*Galpón están totalmente forrado con malla y lona operativo con sistema de alumbrado  
*Deposito para alimentos 
* Silos 
* 5 Bombas de agua 
* 3 Motobombas 
* 2 Bombas trifásicas
* Motocierra
* Dos Desmalezadora 
* Una Romana ( pequeña )
* Hidroyet 
* Maquinas de soldar 
* 3 Pozos de agua3 ( algive 3 )
* Una naciente de agua 
* Una mina de arena 
* Un llenadero para cuatro camiones 
* Torres de alumbrado 
* Postes de luz 3
*Transformadores 3 
Totalmente alumbrada
* Dos portones 
* Totalmente cercada 
* 7 mil matas de cambur en producción
* 1500 matas de parchita 
* Matas de aguacate  
* Matas de guanabana 
* Matas de onoto
* El matadero tiene toda su permisologia al dia . × dos códigos Sada × cupo en el matadero de la guasima ( que pollo) para comprar aves vivas y beneficiadas
El área total de la 
empresa o finca son 100 hectáreas 
 *Ubicación en el estado Carabobo.




Estoy a su disposición para cualquier información..


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sábado, 7 de enero de 2023

Sentirse a gusto...con Milagros Fernandez +584123605721



Milagros Fernández 
584123605721

Hola!!! Soy Milagros Fernández Corredor Inmobiliario

 y Afiliada a la Cámara Inmobiliaria Metropolitana.


Si estas dentro o fuera del País Venezuela y necesitas asesoría inmobiliaria en Comprar - Vender

 o alquilar Su Inmuebles ONLINE, puedes contactarme

https://wa.me/c/584123605721


Es un gran placer, que nos sigan por:


https://inmobiliariamfdinero.blogspot.com/



Dirección:
Av. Venezuela Quinta La Montaña


Busca el BIEN PARA TODOS





 

Asesoría Inmobiliaria +584123605721


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lunes, 12 de diciembre de 2022

Empresario te ofrezco un DEPOSITO con Alta Seguridad

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Zona industrial Boleíta sur es segura y tranquila.
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Un (1) puesto de estacionamiento, al frente del portón. 

*Negociación*
2 mes de depósito


Milagros Fernández Corredor inmobiliario y Financiero










A continuación se presenta un resumen de los artículos que conforman la Ley sobre el Régimen Especial de Arrendamiento de Bienes Inmuebles para Vivienda (Boletín Oficial N° 7.065 Extraordinario):

Capítulo I: Disposiciones generales

* Artículo 1 (Objeto): Crea el régimen especial de arrendamiento de viviendas con el fin de satisfacer las necesidades de vivienda, garantizar el derecho a la vivienda y proteger el mercado inmobiliario nacional.

* Artículo 2 (Ámbito de aplicación): Se aplica exclusivamente a los contratos de arrendamiento pactados o formalizados con posterioridad a su entrada en vigor. Quedan excluidas las viviendas ya adquiridas mediante contratos de arrendamiento anteriores, los terrenos sin urbanizar, las propiedades rurales, los fondos comerciales, los hoteles/negocios turísticos, los locales comerciales/industriales y las ocupaciones derivadas de una relación laboral.

* Artículo 3 (Objetivo): Busca promover el arrendamiento como un mecanismo complementario y transitorio (especialmente para los jóvenes), impulsar la economía y garantizar la seguridad jurídica con procedimientos ágiles y equilibrados.

* Artículo 4 (Principios): Se rige por los derechos humanos, la justicia social, la solidaridad, la corresponsabilidad, la seguridad jurídica, la igualdad, la no discriminación, la libertad económica y la autonomía de la voluntad.

* Artículo 5 (Interés particular y orden público): Las normas relativas a los contratos son de interés particular, pero todas las disposiciones de esta ley son de orden público.

* Artículo 6 (Voluntad de las partes): Los contratos se rigen por los acuerdos de las partes (siempre que no contradigan la ley) y, alternativamente, por el Código Civil.

Capítulo II: Del arrendamiento de bienes inmuebles para vivienda

* Artículo 7 (Contrato de arrendamiento): Es el acuerdo en el que una parte cede el uso total o parcial de una propiedad para vivienda y la otra paga una determinada tarifa.

* Artículo 8 (Forma del contrato): Debe ser escrito y contener la identificación de las partes, la propiedad, la duración, el precio y la forma de pago, los servicios relacionados y quién asume los servicios públicos.

* Artículo 9 (Autenticación del contrato): Opcionalmente, puede autenticarse ante un notario público o realizarse de forma privada, perfeccionado por la voluntad de las partes.

* Artículo 10 (Condiciones mínimas): Los edificios deben ser habitables. Está prohibido alquilar viviendas en zonas de alto riesgo, construidas con materiales peligrosos y perecederos, o provenientes de demoliciones o construcciones peligrosas sin terminar.

Artículo 11 (Duración): La duración y sus prórrogas serán acordadas por las partes; a falta de acuerdo, se entenderá por un año. Si ninguna de las partes declara su terminación al vencimiento, continuará vigente en los mismos términos.

* Artículo 12 (Canon de Arrendamiento): Libremente acordado entre las partes sin más limitaciones que las de esta ley.

* Artículo 13 (Ajustes de cuotas): Permanece fijo durante la vigencia del contrato. En extensiones en bolívares, el ajuste no puede exceder la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del BCV.

Artículo 14 (Pago del canon): Salvo pacto en contrario, se paga mensualmente. Si está fijado en moneda extranjera, se puede pagar en bolívares al tipo de cambio oficial del BCV vigente el día del pago.

* Artículo 15 (Uso, cuidado y reparaciones): Uso exclusivamente residencial con la debida diligencia. Las reparaciones que superen el 30% del alquiler son responsabilidad del propietario (excepto en caso de daños por negligencia del inquilino), y las que sean iguales o inferiores al 30% son responsabilidad del inquilino.

* Artículo 16 (Garantía): El mantenimiento y los servicios en mora pueden garantizarse mediante una póliza de daños (hasta 3 meses de renta) o un depósito en efectivo/bancario (hasta 3 meses), también pagadero al equivalente en bolívares según el tipo de cambio del BCV.

* Artículo 17 (Pólizas de Daños): Las aseguradoras públicas y privadas deben ofrecer pólizas asequibles para garantizar la conservación de los edificios, reguladas por la Superintendencia de Actividades Aseguradoras.




* Artículo 18 (Devolución del depósito): El propietario deberá devolver el depósito dentro de un plazo de 15 días consecutivos después de la finalización del contrato y revisar el buen estado del edificio, pudiendo descontar cualquier reparación o servicio atrasado.

Artículo 19 (Pagos por servicios): Salvo acuerdo contrario, el inquilino paga la electricidad, el agua, el gas, el inodoro, el teléfono, la televisión e internet. El propietario paga los impuestos de condominio y municipales.

Artículo 20 (Preferencia de oferta): Si el propietario decide vender y el arrendatario tiene más de dos años de solvencia en el inmueble, tendrá derecho de compra preferente sobre terceros. Deberá responder a la oferta en un plazo de 15 días.

* Artículo 21 (Notificación digital): Las partes podrán indicar una dirección electrónica para las notificaciones si se garantiza la autenticidad y la recepción de conformidad con la ley de mensajes de datos.

Capítulo III: Terminación de la relación de arrendamiento

* Artículo 22 (Terminación del contrato): Finaliza por vencimiento del plazo, acuerdo mutuo, terminación anticipada legal, decisión unilateral del arrendatario o destrucción total del edificio debido a caso fortuito o fuerza mayor.

* Artículo 23 (Terminación anticipada - Reclamación del propietario): El arrendador podrá exigir la terminación anticipada por: falta de pago de 3 rentas consecutivas, falta de pago de servicios públicos durante 3 meses consecutivos, cesión/subarriendo sin autorización, daños mayores o reformas no autorizadas, uso distinto al de vivienda o uso indebido, abandono o las causas establecidas en el contrato.

* Artículo 24 (Rescisión unilateral): El arrendatario puede rescindir el contrato unilateralmente en cualquier momento, aceptando opcionalmente una indemnización de hasta 2 meses de alquiler.

Capítulo IV: Resolución de controversias y disposiciones finales

* Artículo 25 (Resolución de conflictos): Los conflictos y el incumplimiento se resuelven mediante mediación/conciliación, centros de arbitraje o ante los juzgados municipales mediante el procedimiento de juicio sumario (independientemente del monto).

* Artículo 26 (Promoción de centros de mediación y arbitraje): El Estado fomentará la creación de centros de resolución alternativa de conflictos y de jueces de paz para facilitar el acceso de la población.

* Artículo 27 (Desalojo de la propiedad): La orden de desalojo solo puede ser emitida por un juzgado municipal o un tribunal arbitral de conformidad con la ley, ejecutada según las reglas del Código de Procedimiento Civil.

* Disposición transitoria única: Las leyes anteriores que regulaban los alquileres y prohibían los desahucios arbitrarios no se aplican a las nuevas relaciones bajo este régimen especial.

* Disposición final única: La ley entra en vigor a partir de su publicación oficial en el Boletín Oficial (7 de agosto de 2026).


Apoyo y protección de la propiedad: Artículo 17 y política de vivienda.


Análisis del artículo 17 de la Ley sobre el Régimen Especial de Arrendamiento El marco jurídico en materia de arrendamientos de vivienda establece mecanismos para la protección de los bienes tanto de los propietarios como de los arrendatarios. 


En este contexto, el artículo 17 de la Ley sobre el Régimen Especial de Arrendamiento Inmobiliario para Vivienda establece que las compañías de seguros deben ofrecer pólizas de seguro contra daños adecuadas a las realidades del sector, bajo la dirección y supervisión del Estado. 


Esto garantiza un instrumento ideal para salvaguardar el valor de la infraestructura frente a imprevistos. Vanguard Solutions con Póliza de Hogar Para proteger sus activos cumpliendo con los estándares de seguridad necesarios, la Póliza de Seguro ofrece planes de protección con los siguientes beneficios y características: 

 * Requisitos de contratación sencillos: 

 Se requiere documento de identidad y RIF actualizado, formulario de solicitud firmado y un registro fotográfico de los bienes con fecha y hora.  

* Coberturas integrales clave:    

* Eventos sísmicos (terremoto o sismo).    

* Incendios y cobertura básica.    

* Pérdidas debidas a robo o hurto.    

* Daños en los cristales y averías en los equipos electrónicos.   

 * Servicio de soporte disponible para planes superiores a 100.000 USD.  

* Plan de bonificaciones competitivo:

 Opciones adaptadas a diferentes escalas de edificios y contenidos, con precios asequibles que oscilan entre los 60 y los 500 dólares estadounidenses.

Asesoramiento estratégico: Juntos diseñamos un presupuesto a su medida para proteger su inversión de forma eficiente, empática y segura. Contáctenos. 

 *Milagros Fernández — Gestión Empresarial Global   * WhatsApp: 584123605721



















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