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miércoles, 29 de mayo de 2013

Ferdinand Bellermann(1814-1889), offered in Sotheby's Latin American Art,N08998


Ferdinand Bellermann
(1814-1889), offered in Sotheby's Latin American Art,N08998










La pintura que encabezaba la venta de Sotheby's, el paisaje venezolano del siglo XIX "Costa de la Guaira a la caída del sol", del alemán Ferdinand Ballermann, no consiguió comprador,





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PROPIEDAD DE UNA COLECCIÓN DISTINGUIDO


FRITZ MELBYE SIGFRIED GEORG
(1820-1896)


CAMINO NUEVO DE MAIQUETÍA



Estimación: 35,000 - 45,000 USD 


óleo sobre lienzo 
19 1/4 x 28 1/4 
49 por 72 cm 
Painted circa 1854.









Read more here: http://www.elnuevoherald.com/2013/05/28/1486508/paisaje-venezolano-encabeza-subasta.html#storylink=cpy


Armando Reverón - Vista del Playo 1933


Armando Reveròn - Vista del Playo 1933

Sotheby s





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ARMANDO REVERÓN
(1889-1954)


VISTA DEL Playón



Estimación: 350,000 - 450,000 USD 

Lote. Vendido 437,000 USD  Precio de adjudicación con prima del comprador:



firmado y fechado 933 inferior derecha
óleo sobre lienzo
38 3/8 por 43 3/4 pulg
82,1 por 111,1 cm



VISTA DEL PLAYON 1933- 

 se estima que se vendio en $ 350.000 - 400.000 ANONIMO









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ARMANDO REVERÓN
(1889-1954)


ANCIANO, DESNUDO Y NIÑO



Estimación: 125,000 - 175,000 USD 

Lote. Vendido 161,000 USD  Precio de adjudicación con prima del comprador:



signed lower right
charcoal and pastel on paper laid down on cardboard
39 3/4 by 31 1/8 in.
101 by 79 cm
Executed circa 1947.



Subastan obra de Torres García en 1,4 millones - Blue Ridge Communications


Subastan obra de Torres García en 1,4 millones - 




El paisaje en óleo del pintor alemán Ferdinand Bellermann "Costa de la Guaira a la caída del sol", realizado en Venezuela, en una imagen publicitaria proporcionada por la casa de subastas Sotheby's. La pintura será rematada en la subasta de arte latinoamericano de Sotheby’s el 28 y el 29 de mayo en Nueva York. (Foto AP /Sotheby's New York)

Fuente: http://www.sothebys.com

Blue Ridge Communications




El óleo “Arcángel San Miguel” del pintor colombiano Fernando Botero en una imagen publicitaria proporcionada por la casa de subastas Sotheby's. La pintura será rematada en la subasta de arte latinoamericano de Sotheby’s el 28 y el 29 de mayo en Nueva York. (Foto AP /Sotheby's New York)









martes, 28 de mayo de 2013

El poder de Dilma Rousseff

El poder de Dilma Rousseff


Una sudamericana está entre las mujeres más poderosas del mundo. La presidente del Brasil, Dilma Rousseff, encabeza la lista anual realizada por la revista Forbes. 



Según el ranking anual de la revista Forbes, la presidente del Brasil, Dilma Rousseff, es la segunda mujer más poderosa del mundo, detrás de la canciller alemana, Angela Merkel. La jefa de estado brasileña, que estuvo en tercer lugar durante dos años consecutivos, alcanzó el segundo lugar después del declive de Hillary Clinton, quien ahora ocupa la quinta posición.

Otra brasileña que aparece en la lista es la presidenta de la estatal Petrobras, Mary Grace Silva Foster, quien se ubica en la 18ª posición.

La tercera y cuarta posiciones pertenecen a la esposa de Bill Gates, Melinda Gates, y a la Primera Dama estadounidense, Michelle Obama, respectivamente.

Según la revista, la lista anual incluye mujeres influyentes en la política, negocios, en los medios informativos, entretenimiento, tecnología y en organizaciones sin fines de lucro, conforme a su fortuna y presencia en la prensa.

Rony Curvelo, Sao Paulo 

lunes, 20 de mayo de 2013

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miércoles, 15 de mayo de 2013

TIENDA VIRTUAL - EN LÍNEA - ELECTRONICA


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Una tienda en línea (también conocida como tienda onlinetienda virtual o tienda electrónica) se refiere a un comercio convencional que usa como medio principal para realizar sus transacciones un sitio web de Internet.


Los vendedores de productos y servicios ponen a disposición de sus clientes un sitio web en el cual pueden observar imágenes de los productos, leer sus especificaciones y finalmente adquirirlos. Este servicio le da al cliente rapidez en la compra, la posiblidad de hacerlo desde cualquier lugar y a cualquier hora. Algunas tiendas en línea incluyen dentro de la propia página del producto los manuales de usuario de manera que el cliente puede darse una idea de antemano de lo que está adquiriendo; igualmente incluyen la facilidad para que compradores previos califiquen y evalúen el producto.


Típicamente estos productos se pagan mediante tarjeta de crédito y se le envían al cliente por correo o agencia de transporte, aunque según el país y la tienda pueden haber otras opciones, como Paypal.


La inmensa mayoría de tiendas en línea requieren la creación de un usuario en el sitio web a partir de datos como nombre, dirección y correo electrónico. Este último a veces es utilizado como medio de validación.


Debido a las amenazas a la privacidad de los datos en Internet y la amenaza de robo de identidad es muy importante hacer compras en línea solamente en sitios reconocidos y de buena reputación. Igualmente es recomendable no proporcionar datos personales ni de tarjeta de crédito si no se está utilizando una conexión segura.


Para asegurarse que la tienda visitada es legitima, se puede comprobar, entre otros, los siguientes elementos:


  • Presencia de Condiciones de Uso y Aviso legal,

  • Datos de contacto completos, incluyendo el nombre y la dirección de la empresa (LOPD),



Elementos que otorgan seriedad y confianza:


  • Sello de confianza reconocido como el de Confianza Online, o recomendacion por la FECEMD, (No es requerido para que la tienda sea legal, solo dá seriedad y confianza, la mayoria se sellos de confianza online solo requieren un elevado pago anual por tenerlo y cada dia esta más discutido este metodo)

  • Presencia en directorios de tiendas en línea, que comprueban estos elementos, (No es requerido para que la tienda sea legal, solo dá seriedad y confianza)

  • Existencia de una tienda física, aunque no imprescindible,

  • Aviso de consumidores en sitios externos (comparadores, foros, directorios de tiendas...),

  • Ganador de premios de comercio electrónico.( No es requerido para ser legal, solo dá confianza, sería imposible crear una tienda y para ser legal recibir un premio antes de abrirla, recibir un premio de comercio electrónico puede requerir años, incluso no recibirlo nunca, muchas tiendas muy importantes no tienen ninguno, a no ser que lo hayan comprado y en ese caso no tiene mérito)



Una tienda virtual al estar en Internet permite vender a personas en todo el mundo y aunque se pueden hacer envíos internacionales, por ejemplo desde Estados Unidos hacia algún país de América Latina, se debe tener en cuenta que estos envíos internacionales dificultan las devoluciones y los reclamos por garantía incrementando costos, salvo si se trata de productos digitales. Además los servicios de aduana de cada país pueden exigir el pago de impuestos adicionales a la hora de despachar o introducir los productos al respectivo país.


Fuente: http://es.wikipedia.org/wiki/Tienda_en_l%C3%ADnea









http://milagrosfernandezasesoriadeinversion.blogspot.com/2014/03/vendo-casa-en-caracas.html






https://compraryvender7.blogspot.com/2016/09/gracias-mi-senor-padre-por-este-nuevo.html





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viernes, 10 de mayo de 2013

AUMENTO DEL SALARIO MÍNIMO MENSUAL 2013




Decreto con rango, valor y fuerza de
ley orgánica del trabajo, los trabajadores y las trabajadoras en Consejo de
Ministros:





CONSIDERADO


Que es obligación del estado garantizar el derecho del
trabaJor y de la trabajadora a un salario suficiente que le permita vivir con
dignidad y cubrir para sí y su familia las necesidades básicas materiales,
sociales e intelectuales, siendo una parte del logro de la mayor suma de FELICIDAD
posible que EL LIBERTADOR lego como objetivo de la NACIÓN.


CONSIDERADO


Que la república bolivariana de Venezuela ha suscrito y
ratificado los convenios números 26, 95 y 100 de la organización internacional
del trabajo (O.I.T), relativos si establecimiento de métodos para la fijación
de salarios mínimos, a la protección del salario y a la igualdad de la
remuneración de los trabajadores y las trabajadoras.


CONSIDERADO


Que debe mantenerse, para cumplir
con e compromiso democrático, la
igualdad
, la política de recuperación sostenida del poder adquisitivo
de la población venezolana, así como la dignificación de la
remuneración del trabajo y, de igual manera, el desarrollo de un modelo
productivo soberano, basado en la justa distribución de la
riqueza
, capaz de generar trabajo estable y de calidad.


CONSIDERADO


Que el decreto con rango, valor y
fuerza de la ley organiza del trabajo, los trabajadores y las trabajadoras,
promulgado por el comandante supremo de la revolución bolivariana, Hugo
Chávez Frías, en mayo de 2012
establece que el Estado debe fijar
cada año el salario mínimo el cual deberá ser igual para los trabajadores y
trabajadoras en el territorio nacional y debe pagarse en moneda de curso legal.





DECRETA





ARTICULO 1 Se fija
un aumento del salario mínimo mensual obligatorio en todo el territorio
nacional, para los trabajadores y las trabajadores que presten servicios en los
sectores público y privado, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 2 de
este decreto, en la forma siguiente:


a)      Veinte
por ciento (20%) a partir del 1 de mayo de 2013, quedando en la cantidad de DOS
MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE BOLÍVARES FUERTE CON DOS CÉNTIMOS (BSF. 2.457,02)

mensuales, esto es OCHENTA Y UN BOLÍVARES CON NOVENTA CÉNTIMOS (BSF . 81,90)
diario por jornada diurna.


b)      Diez
por ciento (10%) a partir del 1 de septiembre de 2013, quedando en la cantidad
de DOS
MIL SETECIENTOS DOS BOLÍVARES FUERTE CON SETENTA Y TRES CÉNTIMOS (BSF. 2.702,73
)
mensuales, esto es NOVENTA BOLÍVARES CON CERO NUEVE CÉNTIMOS (BSF, 90.09)
diarios por jornada diurna.


c)       Entre
un cinco por ciento (5%) y un diez por ciento (10%) a partir del 1 de noviembre
del año en curso, tomando como referencia el comportamiento del índice nacional
de precio al consumidor (INPC) durante el año 2013.





Artículo 2 se fija un
aumento del salario mínimo mensual obligatorio en todo el territorio nacional
para los adolescentes y las adolescentes aprendices, de
conformidad con lo previsto en el capítulo II del Título V  del decreto con rango, valor y fuerza de ley
orgánica del trabajo, los trabajadores y las trabajadoras, en la forma
siguiente:





GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


NUMERO 41.157


PRESIDENTE  DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


NICOLÁS MADURO MOROS

















VENEZUELA
TIERRA DE GRACIA ABUNDANTE




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